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La Nueva Ley de Delitos Económicos (N°21.595), publicada el 17 de agosto de 2023, introduce una nueva categoría de delitos penales, consistentes en los delitos económicos, que son aquellos que se cometen fundamentalmente en contextos de organizaciones empresariales, dando lugar a un régimen de sanciones más severo en contra de los responsables de su comisión.

Junto con lo anterior, esta Ley establece modificaciones a la responsabilidad penal de las personas jurídicas, por los delitos que cometen las personas que pertenecen o se relacionen con las empresas, tanto privadas como públicas, y la exención de responsabilidad penal por haber adoptado previamente un modelo de prevención de delitos.

Atendida su importancia, es necesario conocer aspectos generales de la nueva norma, como también recomendaciones para iniciar prontamente las acciones tendientes a cumplir las obligaciones establecidas, ya que incluso, siendo una pequeña o mediana empresa, se podrán recibir exigencias de clientes o proveedores, obligados a cumplir la nueva ley, que hagan necesario la implementación de adecuaciones que legalmente no son obligatorias en forma directa.

Con fecha 26 de septiembre de 2024 fue publicado en el Diario Oficial el Reglamento N°97, que introduce un sistema de supervisión como medida preventiva y correctiva para asegurar la efectiva implementación de sistemas de prevención de delitos, en el marco de la Ley N°20.393 que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas.

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